Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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FECHA DE SANCIÓN: 15 de Diciembre de 2014.-
NUMERO DE REGISTRO: 2408
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-10021/14.-
VISTO:
La necesidad de documentar de modo fehaciente las solicitudes de ayuda social realizadas en el ámbito de la Secretaría de Acción Social, con la debida entrega de constancia escrita por duplicado a los peticionantes, como modo de documentar y acreditar lo solicitado y la fecha en la que se produjo dicho pedido; y
CONSIDERANDO:
Que, a la fecha no existe un sistema que permita registrar el pedido de ayuda social formulada en la Secretaría de Acción Social, quedando por ende imposibilitado el peticionante, de acreditar fecha y contenido de su requerimiento.
Que, a los fines de transparentar el funcionamiento de la Secretaría de Acción Social, en lo que respecta a la distribución de bienes e insumos, resulta posible establecer un sistema administrativo que consigne en formulario duplicado y por escrito el pedido realizado, así como el resultado del mismo si hubiere sido de inmediato cumplimiento.
Que, el manejo de bienes e insumos, así como la acreditación en la demora de su provisión ante una solicitud, resultan ser cuestiones delicadas y que merecen ser documentadas con constancias entregadas a los peticionantes, dando de este modo la mayor garantía de transparencia.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Establézcase la obligatoriedad en la implementación de un formulario numerado y
—————— por duplicado, en el cual se deban registrar ante cada pedido de ayuda social en la Secretaría de Acción Social los siguientes datos: A) Nombre y Apellido. B) Documento Nacional de Identidad. C) Domicilio. D) Teléfono. E) Fecha en que se produjo el pedido. F) Detalle del requerimiento. G) Fecha estimada en que se efectivizará la ayuda social o en que se dará una respuesta al pedido en caso de ser viable. H) Rechazo fundado en caso de imposibilidad o improcedencia de la solicitud de ayuda social.—
ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal ante cualquier pedido de ayuda social formulado
—————– entregará copia del duplicado del formulario descripto en el artículo primero, con firma y sello de quien recibiere dicho pedido.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—