Municipalidad de Villa Gesell
Honorable Concejo Deliberante
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2327/10
FECHA DE SANCIÓN: 06 de Septiembre de 2010.-
NUMERO DE REGISTRO: 2148
EXPEDIENTE H.C.D. Nº: V-8917/10.-
VISTO:
El esfuerzo y visión del Sr. Ricardo Astengo MORANDO, uno de los creadores y pionero de la localidad de Mar Azul; y
CONSIDERANDO:
Que, es altamente ponderable la voluntad invertida a lo largo de su vida en generar una localidad relacionada con el turismo Geselino, respetando al medio ambiente;
Que, la conciencia ecológica de Mar Azul, Partido de Villa Gesell, propone un lugar diferente con identidad propia, pero inclusiva y no ajena a la visión de Don Carlos Gesell;
Que, el disfrute al aire libre, el sosiego y el deleite de la naturaleza fueron y son premisas importantes legadas desde aquel aventurero momento en que se imaginó una localidad distinta de la Costa Atlántica;
Que, éste Honorable Concejo Deliberante ve con agrado homenajear a pioneros de nuestro Partido que contribuyen con el desarrollo y crecimiento de nuestras localidades.-
Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º: Denomínase “Don Ricardo Astengo Morando – Fundador y
——————- Pionero”, al camino de acceso a Mar Azul entre la Ruta Provincial Nº 11 y su encuentro con la Avenida Monte Hermoso de la localidad de Mar Azul.—
ARTICULO 2º: Indíquese en el acceso al camino mencionado en el Artículo 1º, desde
——————- la Ruta Provincial Nº 11 y desde la Avenida Monte Hermoso señalética correspondiente a los efectos de su identificación.—
ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—